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economía

HISPANO-ALEMANA

Nº 2/2017

Con fecha de 23/12/2016, por medio de la Ley

para la evolución del trato fiscal de la cuenta de

pérdidas de sociedades, con efecto retroactivo al

01/01/ 2016, se regularon nuevamente las con-

diciones bajo las cuales una base imponible ne-

gativa existente, tras un cambio cualificado de

socios o accionistas, podrá compensarse con los

beneficios futuros.

Fundamentos para la compensación de

pérdidas de sociedades alemanas

De conformidad con el derecho fiscal alemán,

las pérdidas de sociedades de capital, como por

ejemplo la sociedad de responsabilidad limitada

(GmbH), pueden compensarse sin limitación tem-

poral con los beneficios futuros. Para el Impuesto

alemán sobre Actividades Económicas (GewSt),

que varía dependiendo del municipio en el cual

la sociedad de capital mantiene un establecimiento

permanente (por lo general oscila entre un 13 y

un 17,15 por ciento de la base imponible del im-

puesto alemán de sociedades (KSt) incrementada

por los gastos no deducibles a efectos del GewSt),

prevé la Ley exclusivamente un traslado de pér-

didas. A fines del impuesto sobre sociedades,

que asciende a un tipo uniforme del 15 por ciento,

y el recargo de solidaridad (Solz) de 5,5 por ciento

En el momento de adquirir o participar en empresas alemanas bajo la forma jurídica de sociedades de capital

puede plantearse la cuestión de cómo asegurar las bases imponibles negativas existentes para compensarlas

con los beneficios futuros. Para evitar abusos, el § 8c de la Ley Alemana del Impuesto de Sociedades (KStG)

prevé que para el caso de transmisión o adquisición de más del 25 por ciento de las acciones o participaciones

se pierde una parte proporcional de las bases imponibles negativas existentes, y si fuese a partir de una

adquisición de más del 50 por ciento, se pierden totalmente. Están excluidas de esta regulación solamente

determinadas transmisiones dentro de un grupo y los casos en los cuales hubiera en el momento de la

adquisición de forma demostrable en la empresa adquirida plusvalías latentes sujetas a imposición en

Alemania por al menos en un importe igual a las bases imponibles negativas. Con efecto retroactivo a fecha

de 01/01/2016, el legislador alemán ha ampliado, por medio del nuevo § 8d KStG, la posibilidad de un uso

de las bases imponibles negativas cuando el desarrollo de la misma actividad empresarial se mantiene después

del cambio de socios o accionistas y cualquier otro uso de las bases imponibles negativas no sea posible.

D E R E C H O T R I B U T A R I O

Nuevo marco legal en Alemania para

compensar bases imponibles negativas

de sociedades de capital en caso de

transferencia de participaciones sociales